[CENSURADO POR EL PROTOCOLO 4000-ESHU]

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Fig 1.1. Entidad nativa humanoide manifestándose en el aire.


Ítem #: Restringido por el protocolo 4000-Eshu.

Clasificación del Objeto: Keter

Procedimientos Especiales de Contención: La ubicación extradimensional descrita a continuación así como las entidades y los puntos de referencia contenidos en la misma, son peligros nomenclativos (Clase Eshu) y por lo tanto no pueden ser referidos por ningún nombre, título o designación. Sólo se pueden utilizar descripciones cuando se hace referencia al bosque fuera del espacio normativo y a las entidades nativas del mismo. Cada vez que se describe a un sujeto es necesario hacer variaciones de estas descripciones. Las descripciones deberán estar codificadas por colores para mayor claridad,1 y se puede utilizar un lenguaje rebuscado en aras de la diversidad nomenclativa.

En el caso de una brecha de contención nomenclativa, se deberá llevar a cabo inmediatamente el protocolo de recontención estándar de Clase Eshu por parte de la persona responsable de la brecha. Si el individuo es incapaz de realizar el procedimiento, la responsabilidad recae en el pariente más cercano del individuo.

En el caso de que la persona responsable de la brecha no tenga parientes cercanos conocidos, el nombre de la persona debe ser borrado de todos los documentos y registros existentes; a cualquier otra persona que posea el mismo nombre se le administrarán amnésticos virales Tipo-G y se le asignará uno nuevo.

De acuerdo con la Orden O5-4000-F26, se debe llevar a cabo al menos una expedición exitosa a la extraña y peligrosa zona boscosa una vez al año para evaluar cualquier desviación de la anormalidad de base. Debido al alto riesgo que implica entrar en el lugar donde se encuentran los que no tienen nombre, el personal enviado para llevar a cabo la investigación debe ser entrenado en el Protocolo de Exploración Estándar como se detalla en 4000-PEE.

La documentación no autorizada del bosque encontrado en chimeneas debe ser suprimida mediante un protocolo estándar de contención de información. Se administrarán amnésticos2 a los individuos no autorizados con conocimiento del Procedimiento 4000-Halloway y podrán ser liberados después de un período de rehabilitación disquisicional.

Descripción: El SCP en cuestión es un área forestal extradimensional con numerosas propiedades anómalas, incluyendo un fenómeno de peligro nomenclativo. Se accede a esta ubicación anómala mediante la ejecución de 4000-Halloway (véase el documento DOC-4000-H). Después de completar el procedimiento, los sujetos emergen del agujero de un deteriorado pozo de ladrillo clavado en el suelo del bosque (véase la fig 1.2).

La única manera de atravesar el inusual terreno es por medio de un único camino de tierra. Las exploraciones que se desvían de dicha ruta han resultado en la pérdida inmediata de contacto de los sujetos participantes. El único camino seguro sólo puede ser recorrido en una sola dirección, y cualquier intento de los sujetos de dar marcha atrás y regresar por donde vinieron resultará en una pérdida similar de contacto.

El mundo sin nombre no se adhiere a las limitaciones del espacio lineal. Los proyectos cartográficos han resultado en el registro de rutas muy diferentes con cada expedición, y las secciones del sendero obligatorio que lógicamente deberían coincidir o cruzarse no lo hacen.3 La única coincidencia en el recorrido es el punto de acceso, que siempre está situado a ambos tramos del camino principal.

La única manera de que un sujeto salga con seguridad del bosque que no tiene nombre después de haber comenzado a andar por él es recorriendo todo su trayecto y regresando al lugar donde empezó en el extremo opuesto.

Se han documentado una amplia variedad de entidades anómalas nativas del hábitat sin nombre. Las entidades nativas a menudo sufren cambios en la estructura física cuando no son observadas, lo que ha hecho difícil para los investigadores determinar qué entidades registradas son seres únicos y cuáles son iteraciones más recientes de las previamente documentadas. Las entidades afirman que no tienen control sobre estos cambios y con frecuencia expresan su descontento cuando ocurren.

A menudo, las entidades nativas obstruyen el itinerario que recorren los sujetos, lo que hace necesario que los sujetos interactúen con ellas para progresar. Las entidades nativas son inteligentes y con frecuencia bastante impulsivas, pero pueden ser interactuadas con seguridad siempre y cuando se sigan las precauciones de 4000-PEE.4 Las consecuencias por ignorar estas precauciones variarán dependiendo de la personalidad de la entidad ofendida: los grados de retribución encontrados por los sujetos de la investigación han incluido reprimendas verbales, actos de violencia y alteración anómala de los atributos físicos, conceptuales o nomenclativos del sujeto.

Pueden ocurrir varios fenómenos anómalos cuando se aplica una nomenclatura consistente al reino de lo innombrable, sus entidades nativas o sus puntos de referencia. Estos fenómenos todavía son poco conocidos, en parte debido a la prohibición de la experimentación nomenclativa bajo la Orden O5-4000-F26.

Se han documentado los siguientes fenómenos nomenclativos:

  • Cefaleas en racimos episódicas en sujetos expuestos a la nomenclatura afectada.
  • Alucinaciones visuales y auditivas entre los sujetos expuestos, usualmente involucrando ambientes o entidades descritas por la nomenclatura. También se han reportado alucinaciones gustativas y fantosmias en un pequeño subconjunto de casos.
  • Ataque repentino de amnesia psicogénica en los sujetos expuestos.
  • El desarrollo de características físicas no humanas entre los sujetos expuestos, como plumas y sacos de polen.
  • El desarrollo de componentes biológicos en entornos no biológicos donde se escriba o se grabe la nomenclatura.
  • Transporte repentino e involuntario de sujetos expuestos a a la tierra salvaje de las cosas sin nombre sin recurrir al Procedimiento 4000-Halloway.
  • Manifestación de diferentes tipos de flora dentro de los espacios interiores donde la nomenclatura fue utilizada.
  • Transporte repentino de entidades nativas a áreas donde la nomenclatura fue utilizada.
  • Fusión biológica de sujetos expuestos y entidades nativas.
  • Fusión biológica de entidades autóctonas y espacios arquitectónicos donde la nomenclatura fue utilizada.
  • Deficiencia extrema de hierro en los sujetos expuestos, con una ausencia de efectos secundarios negativos esperados.

La Orden O5-4000-F26 fue ratificada por el Consejo de Supervisores en 1954. Una enmienda de 1970 requiere que la O5-4000-F26 reciba la aprobación unánime del Consejo cada 10 años para que siga en vigor. Hasta la fecha, ningún memorándum de los Supervisores con respecto a O5-4000-F26 ha sido divulgado a niveles de autorización más bajos.


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